El Tribunal Supremo en su Sentencia de 11 de marzo de 2020 avala la posibilidad de que Autónomos o empresarios puedan reclamar la nulidad de la cláusula suelo de sus préstamos siempre que dicha cláusula no supere el control de incorporación.
Esto sucede cuando el banco no cumple con sus obligaciones administrativas de transparencia, al no entregar por ejemplo la ficha FIPER o la oferta vinculante, ni el notario advierte específicamente de la existencia de la cláusula suelo, impidiendo que el prestatario tenga la oportunidad real de conocer que el préstamo estaba sujeto a una variabilidad del tipo.
http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/c702399ab1bd7eae/20200417