El Gobierno ha aprobado una regularización extraordinaria que permitirá a cientos de miles de personas en situación irregular obtener su permiso de residencia y trabajo. El plazo abre en abril. Prepara tu expediente ahora.
El 27 de enero de 2026, el Consejo de Ministros aprobó la tramitación urgente de un Real Decreto de regularización extraordinaria. Es la primera regularización masiva de España desde 2005 y puede beneficiar a más de 500.000 personas.
A diferencia de regularizaciones anteriores, esta no exige tener un contrato de trabajo firmado para solicitarla. El borrador introduce la figura de la «presunción de vulnerabilidad»: el simple hecho de encontrarse en situación irregular activa el derecho a solicitarla. Además, desde la admisión a trámite (máximo 15 días), ya puedes trabajar legalmente en cualquier sector y en cualquier parte de Españ
Según el borrador oficial del Real Decreto, existen dos supuestos diferenciados para acceder a la regularización extraordinaria 2026.
Para personas extranjeras en situación irregular que se encontraran en España antes del 1 de de enero de 2026.
Para quienes presentaron solicitud de asilo antes del 01/01/2026, aunque esté denegada o pendiente.
IMPORTANTE: El texto mostrado corresponde al borrador del Real Decreto en audiencia pública. Los requisitos definitivos se publicarán en el BOE antes de abril. RedAS monitoriza el texto en tiempo real e informa a sus clientes de cualquier cambio.
El tiempo juega en tu contra. Cuanto antes prepares tu documentación, menor riesgo de quedarte fuera.
El Gobierno autoriza la tramitación urgente del Real Decreto de regularización extraordinaria.
Hay un segundo borrador una vez pasada la fase de consulta pública y una vez recibidas las aportaciones ciudadanas antes de la aprobación definitiva.
El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. Las solicitudes comienzan a admitirse.
Con la mera admisión a trámite tienes derecho a trabajar en cualquier sector y lugar de España.
Fecha límite para presentar la solicitud. Pasada esta fecha, no podrás acogerte al proceso extraordinario.
Empadronamiento, historial médico, contratos de alquiler, recibos de servicios a tu nombre, matrículas escolares, facturas, inscripciones en organismos públicos. Guarda todo lo que pueda demostrar tu presencia en España antes del 01/01/2026.
Necesitarás el certificado de antecedentes penales de tu país de origen y de los países donde hayas residido en los últimos 5 años, debidamente apostillado y traducido si corresponde.
Prepara también su documentación. La regularización simultánea de los hijos otorga un permiso de 5 años directamente. Solo necesitas incluirlos en tu solicitud.
El plazo es breve (apenas 3 meses) y la demanda será masiva. Un error en la documentación puede dejarte fuera del proceso. Contar con un abogado especializado minimiza este riesgo.
Reserva tu plaza hoy. Nosotros te contactamos, vamos recogiendo la documentación contigo y presentamos los expedientes por orden de llegada en cuanto abra el plazo oficial.
Servicio 100% online. Presentamos expedientes ante cualquier Oficina de Extranjería del territorio nacional. Te atenderemos por videoconferencia y tendrás tu expediente accesible. Si lo prefieres, podremos atenderte presencialmente en Madrid, Asturias y León, siempre bajo cita previa.
Contrata el servicio online (325 €) o reserva tu consulta inicial (45 €). Tu expediente queda registrado desde ese momento — los expedientes se presentarán por orden de llegada en cuanto abra el plazo oficial en abril.
Cumplimenta el formulario y uno de nuestros abogados se pone en contacto contigo para analizar tu caso y confirmar que cumples los requisitos. Podemos hacer la gestión 100 % online. Podrás acceder a tu expediente y controlarlo.
Te indicamos exactamente qué documentos necesitas. Puedes irlos aportando de forma progresiva. Nosotros revisamos cada uno antes de confirmar el expediente como completo.
En cuanto abra el plazo (previsto abril 2026), presentamos los expedientes en estricto orden de llegada. Cuanto antes reserves y completes tu documentación, antes se presenta tu solicitud.
Te informamos de cada avance. Gestionamos todas las notificaciones administrativas para que no tengas que preocuparte de nada.
Una vez aprobado, te orientamos en los trámites finales: TIE, renovación al año y transición a una figura ordinaria del Reglamento de Extranjería.
Según el borrador oficial del Ministerio de Inclusión, el plazo de presentación de solicitudes se abrirá a principios de abril de 2026, una vez completados los trámites preceptivos de la tramitación del Real Decreto. El plazo estará abierto hasta el 30 de junio de 2026. En RedAS monitorizamos la publicación en el BOE y te avisamos en cuanto abra.
No. Esta es la gran diferencia respecto a la regularización de 2005. El borrador introduce la figura de la «presunción de vulnerabilidad»: el simple hecho de estar en situación irregular activa el derecho a solicitarla. No necesitas oferta de empleo previa. El permiso que se concede ya permite trabajar desde el día de la admisión a trámite.
Sí. La regularización extraordinaria 2026 incluye expresamente a los solicitantes de protección internacional cuya solicitud se hubiera presentado antes del 1 de enero de 2026, independientemente de si está resuelta, denegada o pendiente. El tiempo con tarjeta roja empezará a contar para la nacionalidad española.
Cualquier documento oficial que demuestre tu presencia en España: empadronamiento, historial médico o del SEPE, contratos de alquiler, recibos de servicios a tu nombre, matrículas escolares de tus hijos, multas, inscripciones en organismos públicos, etc. Cuanta más documentación acumules, más sólido será tu expediente.
La defensa ante requerimientos y denegaciones está incluida en el servicio de 325 €. Si tu expediente es denegado, nuestros abogados analizan la resolución y presentan el recurso más adecuado (reposición, alzada o contencioso-administrativo) sin coste adicional.
El proceso contempla la regularización simultánea de los hijos e hijas menores de edad que se encuentren en España. Su permiso será directamente de 5 años, no de 1 año como el de los adultos. Solo necesitas incluirlos en tu solicitud con su documentación.
Cualquier documento oficial que demuestre tu presencia en España: empadronamiento, historial médico o del SEPE, contratos de alquiler, recibos de servicios a tu nombre, matrículas escolares de tus hijos, multas, inscripciones en organismos públicos, etc. Cuanta más documentación acumules, más sólido será tu expediente.
La autorización inicial tiene una vigencia de 1 año. Transcurrido ese plazo, deberás encajar en alguna de las figuras ordinarias del Reglamento de Extranjería (arraigo social, arraigo laboral, residencia por cuenta ajena, etc.). En RedAS te asesoramos también en esa siguiente etapa.
Sí. Aunque nuestra sede está en Madrid, prestamos servicio de forma completamente online en toda España. Presentamos expedientes ante cualquier Oficina de Extranjería del territorio nacional. Solo necesitarás acudir presencialmente a la comisaría de tu ciudad para la toma de huellas de la TIE cuando te lo indiquemos. Nosotros nos encargaremos de pedirte cita.
Según el borrador, la mera presentación de la solicitud suspende el procedimiento de retorno o expulsión en trámite. Sin embargo, este supuesto requiere un análisis individualizado. Consúltanos antes de tomar cualquier decisión.