¿Todavía no has revisado tu préstamo hipotecario? ¿Desconoces si puedes reclamar algo a tu entidad bancaria?

En RedAS analizaremos la viabilidad de una posible reclamación y te informaremos con total transparencia del resultado. Te explicaremos los motivos por los que es posible, o no, reclamar frente a la entidad bancaria con la que firmaste tu préstamo.

Preguntas frecuentes:

¿Puedo reclamar los gastos de mi préstamo hipotecario?

Sí, aunque es necesario revisar el préstamo previamente.

Recuerda que si conservas las facturas puedes reclamar los siguientes conceptos.

  • Factura de notaria (50 %)
  • Factura del Registro de la propiedad (100 %)
  • Factura de gestoría (100 %)
  • Factura de Tasación (100 %)

¿Puedo reclamar la clausula suelo?

Sí, aunque es necesario revisar las condiciones del préstamo para confirmarlo.

Si has firmado un acuerdo de renuncia o de modificación de condiciones, no significa que ya no se pueda reclamar. Lo revisaremos sin compromiso.

¿Cuál es el plazo de reclamación ?

Estas reclamaciones no están sometidas a plazo ya que son imprescriptibles.

La acción a ejercitar es la de nulidad por falta de transparencia y abusividad (artículos 8 de la Ley de Condiciones Generales de Contratación y 83 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), circunstancia aclarada en 2021 por el TJUE.

¿Puedo reclamar algo más?

Si, es posible que tu préstamo tenga más clausulas abusivas que te permitan recuperar dinero que has pagado de más.

Ejem, comisión de apertura, comisiones por impagos, seguro de prima única

Envíanos tu préstamo, lo revisaremos y te informaremos sin compromiso.